Revisión y Aprobación de Planos Urbanos Zona # 2
Revisión y Aprobación de Planos Urbanos Zona # 2
Un plano topográfico con fines catastrales, se define como un producto cartográfico del levantamiento topográfico con fines catastrales. un plano topográfico debe cumplir las recomendaciones, procedimientos y especificaciones técnicas para los levantamientos topográficos con fines catastrales, establecidos por la Dirección General de Catastro Fisico (INETER)
Tasa
Alcaldía de San Pedro
Catastro Municipal
Área de Catastro
200.00
Caja Única
Alcaldía de San Pedro, Área de Catastro
(505) 2519 2372
(505) 2519 2372
- Solvencia Municipal
- Llenado de la solicitud de revisión del
plano urbano, la cual debe ser presentada por el ejecutor del plano,
por el propietario, por el abogado o apoderado del propietario de bien
inmueble
- Fotocopia de cedula del solicitante
- El
ejecutor del plano debe portar Licencia Catastral Vigente y además
proporcionar una copia de la misma al área de catastro municipal
- Presentar
el Plano Topográfico con fines catastrales, vinculado al Sistema
Nacional de Coordenadas, en formato análogo y original, impreso en dos
ejemplares y una copia en formato digital
- Acompañar al Plano Topográfico con fines catastrales, la Memoria de Cálculo del levantamiento topográfico firmada y sellada por el topográfo ejecutor.
- Los Planos Topográficos sujetos de revisión a solicitud de parte interezada deberán ser presentados en un plazo no mayor de treinta (30) días a partir de su fecha de levantamiento
- Los Planos
Topográficos aprobados por el área de Catastro Municipal serán validos
por un año a partir de la fecha en que fue sellado, después de lo cual
se deberá revalidar por un periodo de un año solicitandose de nuevo su
revisión en área de Catastro Municipal
- Los Planos Topográficos con fines catastrales serán aprobados en el plazo de quince (15) días hábiles contados a partir de la fecha de la solicitud
- Los
Planos Topográficos con fines catastrales se revisarán con el objeto de
verificar el cumplimiento de los requisitos técnicos establecidos en
los instrumentos, estandares, especificaciones técnicas y
procedimientos del Catastro Nacional
- Si el Plano
Topográfico con fines catastrales presentado no cumple los
requrimientos técnicos establecidos por la Dirección General de
Catastro Físico será objeto de rechazo
- Una vez aprobado, firmado y sellado el Plano Topográfico, un ejemplar será devuelto a quien presento la solicitud
- En caja única el tramitante de este servicio deberá solicitar información sobre el proceso de revisión y aprobación de su Plano Topográfico hecha en el área de Catastro Municipal
- Pago del servicio de revisión y aprobación del Plano Topográfico en caja única donde el solicitante debera retirar dicho documento
- Para efectos del pago de este servicio será conforme a Zonificación de Tablas de Valores Catastrales
- Zona # 2 corresponde al área periferica del casco urbano central, Barrio Maria Auxiliadora, Barrio Brisas del Río, Milagro de Dios y parte del Barrio Esquipulas II
