Registro Civil
Nacimientos, Defunciones, Matrimonios, otros.
- Nacimiento
- Es cuando se inscriben o como decimos acentar a los niños o niñas en el Registro Civil de la Personas antes del año.
- Reposición de Partida de Nacimiento a menores de 15 años
- Es el procedimiento que se efectua cuando las personas inscriben a sus niños posteriores a la fecha de un año.
- Reposición de Partida de Nacimiento a mayores de 15 años
- Es cuando las personas se inscriben posteriores a un año y son mayores de 15 años.
- Inscripción de la Adopción
- Es la institución por la que el adoptado entra a formar parte de la familia del adoptante para todos los efectos, creandose entre adoptante y adoptado los mismos vinculos jurídicos y parentezco que ligan a los padres con los hijos, estableciendo el interés exclusivo del desarrollo integral del niño o niña adoptado. Arto. 1 Ley de Adopción.
- Defunciones
- Es el hecho que pone fin a la existencia natural y jurídica de una persona. Arto. 46 C y es de carácter obligatoria su inscripción.
- Rectificaciones de Asientos en el Registro Civil
- Es el acto por el cual, se corrigen los datos o se subsanan omisiones o errores evidentes, que hayan ocurrido en la inscripción de una determinda acta en el libro de inscripción, sea esta de Nacimiento, Matrimonio, Defunción, etc... y cualquier otro acto juridico que modifique el estado civil.
- Reconocimiento de Hijos.
- Es cuando la persona aparece en su partida de nacimiento solamente con un apellido o cuando utiliza los dos aplellidos sin ser reconocido legalmente por uno de sus padres.
- Matrimonios
- Es un contrato solamente por el cual un hombre y una mujer se unen por toda una vida, y tiene por objeto la procreación y el mutuo auxilio. Arto 94 C.
